Auto de sobreseimiento. Delito de abuso de menores.

Auto de sobreseimiento. Abuso de menores

RESUMEN: Auto acordando el archivo provisional y sobreseimiento de la causa ante un delito de abuso a menores. No se desprende la comisión por el investigado de los hechos denunciados. El informe psicológico entiende que: no se aprecia afectación alguna emocional o vivencia traumática derivada de los hechos denunciados, y que pudieran existir otras motivaciones secundarias. (…) En estas circunstancias, no cabe sino el archivo de las actuaciones por no existir indicio alguno de comisión de la infracción denunciada”

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº6

COLLADO VILLALBA

 

DILIGENCIA.- En COLLADO VILLALBA, … de dos mil dieciseis.

 

AUTO

ANTECEDENTES

En COLLADO VILLALBA, DOS MIL DIECSÉIS.

-ÚNICO.- El presente procedimiento se incoó por los hechos que resultan de las anteriores actuaciones, habiéndose practicado las diligencias de investigación que constan en autos. Por la letrada de la defensa se ha presentado escrito solicitando el sobreseimiento de la causa.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

-ÚNICO.-De lo actuado hasta el momento no se desprende la comisión por el investigado de los hechos denunciados. Del informe emitido por el Equipo Psicosocial adscrito a este Juzgado de fecha … de 2016, resulta que la menor transmite a los peritos que tiene que contar «lo que mamá me ha dicho que os cuente», concluyendo los peritos que no se aprecia afectación alguna emocional o vivencia traumática derivada de los hechos denunciados, y que pudieran existir otras motivaciones secundarias. En estas circunstancias, no cabe sino el archivo de las actuaciones por no existir indicio alguno de comisión de la infracción denunciada, procediendo en consecuencia el sobreseimiento provisional al amparo del art. 641. 1° de la Lecrim, y ello sin perjuicio de lo que pueda resultar del informe pendiente del CIASI, como se desprende de la diligencia anterior.

PARTE DISPOSITIVA

SE ACUERDA EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL Y EL ARCHIVO DE LA PRESENTE CAUSA.

Póngase esta resolución en conocimiento del Ministerio Fiscal y demás partes, previniéndoles que contra la misma podrán interponer, ante este Juzgado, recurso de reforma y/o apelación, en el plazo de TRES DÍAS.

Así lo acuerda, manda y firma D. … MAGISTRADO-JUEZ del Juzgado de Instrucción nº 6 de COLLADO VILLALBA y su partido,- DOY FE.